Esta Ley garantiza el derecho a la identidad de las personas que habitan el territorio ecuatoriano. Regula la gestión y el registro de los hechos relacionados con el registro civil de las personas.
- Es competencia de la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación la inscripción y registro de los cambios de género y nombres, de las uniones de hecho y sus terminaciones.
- En la inscripción de nacimiento, se registra y se considera la condición biológica al nacer, como sexo.
- En la inscripción de nacimiento los apellidos serán el primero de cada uno de los padres y precederá el apellido paterno al materno. Sin embargo el padre y la madre de común acuerdo, podrán convenir cambiar el orden de los apellidos al momento de la inscripción.
- La captura de la fotografía de la cédula de identidad se realizará respetando la identidad de género y los orígenes étnicos de los ciudadanos
- Voluntariamente, al cumplir la mayoría de edad y por una sola vez, la persona, por autodeterminación, podrá sustituir en la cédula “sexo” por el de “género”, que puede ser masculino o femenino. El acto se realizará en presencia de dos testigos que acrediten una autodeterminación de al menos dos años, contraria al sexo. De darse esta situación, el peticionario podrá solicitar el cambio en los nombres.
Proyectos de ley calificados (Haga clic)
Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley del Registro Civil, Identificación y Cedulación | Iniciativa: Asambleísta Eduardo Zambrano Fecha de presentación: 31-01-2012 |
Calificación del CAL Fecha de calificación: 27-02-2012 |
Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación | Iniciativa: Asambleísta Sylvia Kon Fecha de presentación: 22-02-2012 |
Calificación del CAL Fecha de calificación: 03-05-2012 |
Informe para primer debate (Haga clic)
Informe para primer debate | Fecha de presentación: 01-11-2012 |
Debate en el Pleno: Sesión 208
11-12-2012: Intervenciones / Galería fotográfica
18-12-2012: Intervenciones
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Informe para segundo debate (Haga clic)
Informe para segundo debate | Fecha de presentación: 16-10-2015 |
Debate en el Pleno: Sesión 359
10-12-2015: Intervenciones / Galería de fotos
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Proyecto aprobado por el Pleno en el segundo debate (Haga clic)
Proyecto de ley aprobado por el Pleno | Fecha de la votación: 10-12-2015 |
Objeción parcial / Objeción total del Presidente (Haga clic)
Objeción parcial del Presidente al Proyecto de ley | Fecha de notificación de la objeción: 12-01-2016 |
Proyecto luego de tramitada la objeción (Haga clic)
Proyecto de ley luego de la objeción | Fecha de tramitación de la objeción: 28-01-2016 |
Sesión 367 del Pleno
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