
Su objeto es regular los fondos complementarios previsionales cerrados que serán administrados por el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS), institución financiera pública con autonomía técnica, administrativa y financiera y con finalidad social y de servicio público.
- La gestión del BIESS en el manejo de los fondos complementarios previsionales cerrados se fundamentará en los principios de seguridad, transparencia, solvencia, eficiencia y rentabilidad.
- El BIESS garantizará a los partícipes de los fondos complementarios previsionales cerrados la administración eficiente de sus ahorros.
- Los recursos de los fondos complementarios previsionales cerrados serán destinados exclusivamente para el pago de las prestaciones para las cuales fueron constituidas.
- Los recursos de los fondos complementarios previsionales cerrados serán administrados en cuentas independientes y separadas del patrimonio del BIESS.
- La recaudación de los aportes a los fondos complementarios previsionales cerrados y los abonos a los créditos otorgados se realizarán mediante deducción de los sueldos y salarios a los partícipes o a través de otros mecanismos que determine el BIESS.
- El BIESS procederá al pago de las prestaciones de los fondos complementarios previsionales cerrados, con inclusión de las correspondientes a jubilación o cesantía cuando se cumplan las condiciones previstas para acceder a las mismas.
- La distribución proporcional de utilidades anuales que generen los fondos complementarios previsionales cerrados se realizará en cada cuenta individual en función de lo acumulado.
Proyectos de ley calificados (Haga clic)
| Proyecto de Ley del Fondo de Cesantía del Magisterio Nacional | Iniciativa: Asambleísta Hólger Chávez Fecha de presentación: 16-05-2014 |
Calificación del CAL Fecha de calificación: 17-06-2014 |
Informe para primer debate (Haga clic)
| Informe para primer debate | Fecha de presentación: 29-07-2014 |
Debate en el Pleno: Sesión 287
31-07-2014: Intervenciones / Galería fotográfica
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Informe para segundo debate (Haga clic)
| Informe para segundo debate | Fecha de presentación: 08-09-2014 |
Debate en el Pleno: Sesión 290, los días:
11-09-2014: Galería fotográfica
25-09-2014: Intervenciones / Galería fotográfica
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Proyecto aprobado por el Pleno en el segundo debate (Haga clic)
| Proyecto de ley aprobado por el Pleno | Fecha de la votación: 25-09-2014 |
Objeción parcial / Objeción total del Presidente (Haga clic)
| Objeción parcial del Presidente al Proyecto de ley | Fecha de notificación de la objeción: 20-10-2014 |
Proyecto luego de tramitada la objeción (Haga clic)
| Proyecto de ley luego de la objeción | Fecha de tramitación de la objeción: 11-11-2014 |
Debate en el Pleno: Sesión 298
11-11-2014: Intervenciones / Galería fotográfica
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