El objeto de esta Ley es desarrollar el régimen general de telecomunicaciones y del espectro radioeléctrico, considerados como sectores estratégicos. Comprende la administración, regulación, control y gestión en todo el territorio nacional e incluye la potestad para emitir políticas públicas, planes y normas técnicas nacionales, de cumplimiento en todos los niveles de gobierno del Estado.
-Crea la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), que es la entidad encargada de la administración, regulación y control de las telecomunicaciones y del espectro radioeléctrico y su gestión.
- Promueve la competencia, pues los prestadores privados que concentren mercado en función del número de abonados o clientes del servicio concesionado, autorizado o registrado pagarán al Estado anualmente un porcentaje de sus ingresos totales, en función de una tabla de porcentajes.
- Concede el derecho a los abonados, clientes y usuarios de servicios de telecomunicaciones a disponer y recibir los servicios de telecomunicaciones contratados de forma continua, regular, con calidad y eficiencia así como escoger con libertad al prestador del servicio, el plan de servicio, la modalidad de contratación y el equipo en el que recibirán los servicios contratados y demás aspectos.
- Dispone que los prestadores de servicios de telecomunicaciones deben garantizar el acceso igualitario y no discriminatorio de cualquier persona.
- Los títulos habilitantes no se podrán enajenar, ceder, transferir, arrendar o gravar por ningún medio, sin autorización de la Agencia. Incurrir en esta prohibición será causa suficiente para la terminación anticipada del título habilitante, sin perjuicio de las consecuencias previstas en el ordenamiento jurídico vigente.
- La normativa establece un capítulo de infracciones, sanciones, destino de las multas y clausura de estaciones de radiodifusión.
- Se suprime la Superintendencia de Telecomunicaciones, el Consejo Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) y la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones. Los servidores y trabajadores que prestaban servicios en estas instituciones pasan a formar parte de la nómina de la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones y conservan sus derechos de conformidad con la ley.
Proyectos de ley calificados (Haga clic)
Proyecto de Ley Orgánica de Telecomunicaciones y Servicios Postales |
Iniciativa: Presidente de la República Fecha de presentación: 14-10-2011 |
Calificación del CAL
Fecha de calificación: 18-10-2011 Resolución adicional del CAL: 25-09-2014
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Iniciativa: Presidente de la República Fecha de presentación: 14-07-2014 |
Calificación del CAL
Fecha de calificación: 31-07-2014 Resolución adicional del CAL: 25-09-2014
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Informe para primer debate (Haga clic)
Informe para primer debate | Fecha de presentación: 31-10-2014 |
Debate en el Pleno: Sesión 297, los días:
06-11-2014: Intervenciones / Galería fotográfica
11-11-2014: Intervenciones / Galería fotográfica
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Informe para segundo debate (Haga clic)
Informe para segundo debate | Fecha de presentación: 11-12-2014 |
Debate: Sesión 306, el día:
17-12-2014: Galería fotográfica
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Proyecto aprobado por el Pleno en el segundo debate (Haga clic)
Proyecto de ley aprobado por el Pleno | Fecha de la votación: 17-12-2014 |
Objeción parcial / Objeción total del Presidente (Haga clic)
Objeción parcial del Presidente al Proyecto de ley | Fecha de notificación de la objeción: 15-01-2015 |
Proyecto luego de tramitada la objeción (Haga clic)
Proyecto de ley luego de la objeción | Fecha de tramitación de la objeción: 03-02-2015 / 10-02-2015 |
Debate en el Pleno: Sesión 313, los días:
03-02-2015: Galería fotográfica
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