¡Justicia y dignidad para las trabajadoras del hogar en Ecuador!
Beatriz Tola Bermeo, representante de la Plataforma de Mujeres por la Igualdad, resaltó la urgencia de garantizar derechos laborales plenos para las trabajadoras del hogar en la nueva Ley Orgánica. Recordó que, según la OIT, en Ecuador hay 273,000 trabajadoras del hogar, el 91.7% de ellas mujeres, pero el 70.8% se encuentra en informalidad, sin acceso a seguridad social ni derechos básicos.
Denunció que muchas trabajadoras siguen sufriendo discriminación racial y de género, además de estar expuestas a violencia y acoso sexual en sus empleos. Exigió la aplicación de los Convenios 189 y 190 de la OIT, que reconocen el trabajo del hogar como cualquier otro empleo y buscan eliminar la violencia laboral.
Pidió que la ley garantice la afiliación obligatoria a la seguridad social, incluso para quienes trabajan por horas, y que la edad mínima de empleo sea 18 años para proteger a las adolescentes del abuso. También instó a reforzar la inspección laboral y el derecho a la sindicalización de estas trabajadoras.
¡Justicia para todos los trabajadores de la industria del cemento!
Vicente Reátegui Jiménez, representante de los ex trabajadores de HOLCIM Ecuador, hizo un llamado urgente a la Asamblea Nacional para garantizar que la nueva ley de jubilación especial incluya a todos los trabajadores de la industria del cemento, tal como lo ordena la sentencia de la Corte Constitucional.
La Corte determinó que la ley debe considerar a cuatro grupos de trabajadores: los herederos de jubilados fallecidos, los jubilados que ya reciben el beneficio, los trabajadores que cumplen los requisitos para jubilarse y aquellos que, aunque aún no cumplen los requisitos, han aportado y tienen derecho a una pensión proporcional. Sin embargo, el proyecto de ley enviado por el Ejecutivo ignora al cuarto grupo, dejando sin protección a quienes han trabajado en la industria y han contribuido al fondo de jubilación. Esto significa que muchos ex trabajadores quedarían excluidos, incluso aquellos que estuvieron a punto de completar los 25 años de servicio.
Ante esto, Reátegui solicitó a la Asamblea Nacional que en los artículos 4, 7 y 12 del proyecto de ley se incluya expresamente a los trabajadores de la cuarta categoría, conforme a la sentencia. Además, expresó su preocupación por la confiabilidad del informe actuarial del IESS, por ello, exigió la elaboración de un nuevo informe actuarial independiente para determinar con precisión los fondos destinados a la jubilación especial.
Es momento de corregir este error y garantizar que ningún trabajador quede desprotegido. La Asamblea tiene en sus manos la responsabilidad de hacer cumplir la sentencia y velar por los derechos de quienes han dedicado su vida a esta industria.
Juventud y Empleo: AME Realiza sus observaciones al Proyecto de Ley Referente a los Jóvenes
La Asociación de Municipalidades Ecuatorianas (AME) respecto de las reformas a la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP) y al Código de Trabajo, que buscan garantizar mayor acceso al empleo para jóvenes y mujeres, destacan la necesidad de transversalizar la Ley Orgánica de Juventudes en distintas normativas laborales y promover políticas públicas que fortalezcan la empleabilidad.
Contrato Juvenil: La AME apoya la incorporación de esta figura, pero sugiere que no se establezcan porcentajes obligatorios de contratación, proponen que los municipios puedan definir estrategias de inserción laboral juvenil según sus realidades y capacidades, sin afectar su autonomía.
Empleo para Mujeres Jefas de Hogar: Se enfatiza la importancia de garantizar condiciones laborales dignas para mujeres que son el sustento de sus familias. Se recomienda revisar la terminología utilizada en la normativa para que se ajuste al marco legal vigente, asegurando oportunidades de trabajo sin afectar derechos adquiridos.
Autonomía Municipal y Políticas de Empleo: Aunque los municipios no tienen la competencia directa para generar empleo, pueden fomentar el acceso laboral mediante políticas públicas y programas de formación. La AME resalta experiencias exitosas de capacitación e inserción laboral en algunos cantones y reafirma su compromiso de seguir impulsando iniciativas en este ámbito.
Compromiso y Seguimiento: La AME enviará por escrito sus observaciones técnicas sobre las reformas, asegurando que se contemplen los aspectos clave para el fortalecimiento del empleo juvenil y femenino. Además, reafirma su disposición a colaborar con la Asamblea Nacional en el desarrollo de normativas que protejan los derechos laborales y promuevan la equidad en el acceso al trabajo.
Jubilación Especial en la Industria del Cemento: Un Debate Necesario
La Ministra de Trabajo destacó que la Ley de Jubilación Especial para los trabajadores del cemento estuvo vigente por más de 30 años antes de ser declarada inconstitucional en 2023. Resaltó la falta de defensa sindical durante el proceso y la importancia de proteger los derechos de los jubilados.
Corte Constitucional: Declaró inconstitucional toda la ley por falta de financiamiento sostenible, no por la invalidez del derecho a la jubilación.
Nuevo Proyecto de Ley: Surge por mandato de la Corte y busca garantizar la viabilidad económica de las pensiones.
Fuente de Financiamiento: Se analiza cómo calcular y obtener los recursos sin afectar la seguridad social.
Defensa de los Derechos Laborales en la Industria del Cemento
El Asesor Jurídico de los Trabajadores de la Industria del Cemento enfatizó la necesidad de considerar las observaciones del sector al proyecto de ley presentado por el Ejecutivo, destacó que la inconstitucionalidad de la Ley 19 sobre la jubilación especial se debe a problemas de financiamiento, no a la falta de derechos adquiridos.
Se busca garantizar la protección de las pensiones jubilares sin afectar los fondos estatales, ya que el financiamiento provendría de aportes laborales y un porcentaje de la venta del cemento.
Se solicita un análisis profundo sobre el impacto económico del porcentaje aplicado a la venta por kilo, para evitar afectaciones en el mercado de la construcción.
Con 5 votos afirmativos se aprueba el informe para primer debate del Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código de Trabajo para Dignificar el Trabajo en el Hogar.
Oportunidades para la juventud: un compromiso de todos
El Asambleísta Jaime Guevara en su intervención manifestó que, hablamos constantemente de brindar oportunidades a los jóvenes, pero debemos pasar de las palabras a los hechos darles una oportunidad no significa restarle nada a ningún sector, sino reconocer que son una parte fundamental de nuestra sociedad. Sin embargo, el impulso a la juventud no debe darse en aislamiento, es clave que los jóvenes cuenten con el respaldo de la experiencia, nutriéndose del conocimiento en empresas públicas, privadas y otros sectores. Las compañías y organizaciones que integran a los jóvenes en su fuerza laboral deben comprender que estas nuevas generaciones traen consigo una mentalidad abierta y una gran capacidad de innovación.
Respecto del tratamiento del proyecto de ley unificado: “PROYECTO DE LEY REFORMATORIA AL CÓDIGO DEL TRABAJO PARA LA GARANTÍA DE LA LIBERTAD SINDICAL”, unificado al “PROYECTO DE LEY PARA LA PROMOCIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES DE TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO Y PRIVADO”, la Presidenta Ejecutiva de la Cámara de Industrias y Producción, María Paz Jervis, expresó que la propuesta de reforma sobre sindicalización en Ecuador es, desde su perspectiva, innecesaria, argumentó que la libertad sindical ya está garantizada por la Constitución, el Código del Trabajo y Convenios Internacionales como los de la OIT, también destacó la existencia de normativas específicas recientes, como el Reglamento de Organizaciones Sindicales de 2024, señaló que la propuesta legislativa no solo duplica lo ya normado, sino que podría ser contraproducente.
En su análisis, identificó varios problemas en la reforma, criticó que el esquema de sindicatos con un mínimo de 10 integrantes podría no representar los intereses de los trabajadores, además, calificó de inconstitucional la obligación de aportes fijos, considerando que la voluntariedad es esencial en estas organizaciones, también cuestionó la ausencia de un enfoque integral que incluya a empleadores y resaltó la falta de alternancia en las directivas sindicales, lo cual considera antidemocrático.
Otro punto destacado fue la figura del “promotor sindical”, que según Jervis tendría protecciones excesivas, potencialmente arbitrarias, finalmente, defendió que la legislación vigente ya permite la formación de sindicatos y el registro de contratos colectivos. Apeló a priorizar la creación de un Código del Trabajo moderno, acorde con las necesidades del mercado laboral actual.
Dentro del tratamiento del “PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL FUTBOLISTA PROFESIONAL”, con base de lo dispuesto en el artículo 58, 75, y 150 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa y el artículo; 20 y 21 del Reglamento de Comisiones Especializadas Permanentes y Ocasionales, se recibió la comparecencia de autoriades o sus delegados y en comisión general a actores sociales, quienes dieron a conocer observación al proyecto de ley.
El Dr. Wilson Vallejo, juez del Tribunal Administrativo de la Organización de Estados Americanos, expresó su apoyo a dos proyectos de ley en trámite en la Asamblea Nacional del Ecuador, esto en relación a las propuesta en los proyectos de ley: “PROYECTO DE LEY REFORMATORIA AL CÓDIGO DE TRABAJO, QUE REGULA EL EMPLEO JOVEN”, unificado al “PROYECTO DE LEY REFORMATORIA AL CÓDIGO DE TRABAJO Y A LA LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO QUE REGULA LA OBLIGATORIEDAD EN LA CONTRATACIÓN A JÓVENES, destacando su relevancia para mejorar la situación laboral de jóvenes estudiantes y madres jefas de hogar, señaló las dificultades que enfrentan estos grupos para compatibilizar sus estudios con actividades laborales, debido a las restricciones actuales que limitan opciones como jornadas parciales, según su experiencia como docente universitario, muchos estudiantes requieren ingresos adicionales para sostenerse económicamente, lo que se agrava en el caso de madres jóvenes que deben equilibrar responsabilidades académicas, laborales y familiares.