Marisol Peñafiel
Asambleísta por Imbabura Alianza PAIS

Marisol Peñafiel Montesdeoca, joven imbabureña; líder de juventudes, vinculada a la dirigencia de organismos estudiantiles, barriales, parroquiales y de mujeres; de la niñez y adolescencia; convencida en l..

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mar 18
2016
Tejiendo Mis Derechos: Asamblea aprobó otra Ley que amplía beneficios para la mujer

La ampliación de ese tiempo se anexa a la licencia pagada de los tres meses que ya tienen las madres o a los 15 días que disponen los padres. “Ello puede tener efectos positivos sobre la igualdad de género en el hogar y en el trabajo y ser el indicio de cambios en las relaciones y en la percepción de los roles de los progenitores, así como en los estereotipos dominantes”, dice la Organización Mundial del Trabajo (OIT), en un documento sobre la maternidad y paternidad en el trabajo.

Según la Ley los progenitores tienen la opción de acogerse a los nueve meses o a una parte de ellos sin remuneración. Sin embargo, brinda la posibilidad de solicitar los de su cesantía. Lo ideal es que esa ampliación también sea pagada, hacia allá vamos, estamos planteando un mecanismo que se ha puesto en discusión hace años, eso ya es un triunfo hacia una sociedad con equidad con igualdad de derechos, afirmó el asambleísta Fausto Cayambe.

La mujer además de beneficiarse con la posibilidad de tener más tiempo para el cuidado de sus hijos y de la corresponsabilidad del padre y la madre, también gozará del derecho de la estabilidad laboral, porque la ley establece la figura de despido nulo, así como de la acumulación de su tiempo laboral. Este cuerpo legal también rige para los padres adoptivos de recién nacidos.

Esta ley pretende aterrizar en lo determina nuestra Carta Magna y en lo que que dice la OIT. Nuestra Constitución en su artículo 69 manda que el Estado promoverá la corresponsabilidad materna y paterna y vigilará el cumplimiento de los deberes y derechos recíprocos entre madres, padres, hijas e hijos.

Por su parte, el Convenio 183 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) afirma que para alcanzar verdaderas normas de protección de la maternidad será necesario un accionar continuo durante cierto tiempo. En este mismo documento se determina que es ilegal que un empleador despida a una mujer durante el embarazo, licencia de maternidad o período de lactancia y que las prestaciones médicas deben ser antes, durante y después del parto. Precisamente, la ley aprobada ayer determina que durante la licencia seguirán recibiendo el servicio de salud del IESS, que luego será pagado por el Ministerio de Salud.

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mar 18
2016
Presidente del Consejo de la Judicatura expondrá observaciones a reformas penales

El presidente de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, Mauro Andino Reinoso, convocó a la sesión 232, a realizarse el martes 22 de marzo de 2016, a las 12:00.

Ese día, los legisladores recibirán a Gustavo Jalkh y Néstor Arbito, presidente y vocal, respectivamente, del Consejo de la Judicatura, quienes expondrán sus observaciones a los proyectos de ley que reforman el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Igualmente, avocará conocimiento de la resolución del Consejo de Administración Legislativa No. 2015-2017-111 que remite el proyecto de ley reformatoria al Código Orgánico Integral Penal presentado por los asambleístas Rosa Elvira Muñoz y Gilberto Guamangate en materia de tránsito.

Rendición de cuentas

Por último, La Comisión de Justicia dará paso a la rendición de cuentas del año 2015.

MG/pv

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mar 17
2016
Asamblea aprobó ley que protege el trabajo y promueve el empleo juvenil

Para incentivar el primer trabajo, la ley incluyó la propuesta de empleo juvenil. En el segundo debate se incrementó el rango de edad de 18 a 26 años y no solo hasta 24. Su contratación implicará el aumento de trabajadores y no la sustitución por otros que están estables. Así, el Ministerio de Trabajo regulará el porcentaje mínimo de trabajadores jóvenes, según el tipo de actividad y el tamaño de la empresa.

La estimulación del Estado para la contratación de los jóvenes se ejerce mediante el pago que este hará por el aporte que le corresponde al empleador hasta dos salarios básicos unificados, siempre que el número de contratos juveniles no supere el 20% de la nómina. Si el salario es superior al doble del salario básico la diferencia correrá a cargo del empresario.

En el tema de las pasantías, la ley busca maximizar el número de beneficiarios y para eso ubicó tres niveles. El uno es que los estudiantes además de recurrir al sector privado también lo pueden hacer en instituciones y fundaciones, el otro que sea coordinado por las instituciones de educación superior y la tercera que no podrá prolongarse por más de seis meses sin generar relación de dependencia.

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mar 16
2016
AP sin acuerdos en ampliación de licencias para cuidado de los hijos

Pese a la reunión previa que el bloque de Alianza PAIS (AP) mantuvo en la mañana con el secretario jurídico de la Presidencia, Alexis Mera, para “afinar detalles técnicos” del proyecto de Ley de Optimización Laboral, hasta la noche de ayer no había acuerdo entre los oficialistas sobre la ampliación de las licencias sin sueldo para el cuidado de los hijos.

Este fue uno de los puntos más discutidos durante la mañana y tarde de ayer en el pleno que tramitó en segundo debate el proyecto de norma, enviado por el Ejecutivo con el carácter de urgente en materia económica. El seguro de desempleo y su financiamiento, la desaparición de la cesantía a futuro y la reducción de la jornada laboral fueron otros de los temas cuestionados por la oposición.

Sobre las licencias, las propuestas oficialistas fueron varias. Ximena Ponce sugirió que se incorpore una licencia pagada a medio tiempo para madres y padres por tres meses.

María Augusta Calle propuso que el seguro de desempleo también sea para el cuidado del niño o niña y que los padres y madres puedan gozar de una licencia adicional con remuneración que dure un periodo de cinco meses, y pidió al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) hacer las corridas financieras con este escenario.

Al terminar la tarde, María Alejandra Vicuña lanzó una nueva alternativa: poder anticipar los permisos de lactancia que actualmente están considerados en la ley y así sumar el permiso de maternidad con la acumulación de esas horas, tomando en cuenta que la lactancia materna es indispensable en los seis primeros meses de vida. Esta propuesta iba sumando adhesiones entre el oficialismo ya en la noche.

Desde la oposición, Cristina Reyes (MG-PSC) y Lourdes Tibán (PK), entre otros asambleístas, rechazaron la ampliación de la licencia sin sueldo, pues no existen las condiciones económicas en el país como para que una persona pueda quedarse en casa sin un ingreso.

El oficialismo defendió el proyecto enfatizando en que la jornada reducida se aplicaría excepcionalmente en las empresas y que no se está tocando el fondo de cesantía existente hasta el momento, sino que se está creando una nueva prestación como es el seguro de desempleo, que se financiará con ese 3% (2% del trabajador y 1% del empleador).

Bayron Pacheco (Avanza) pidió votar artículo por artículo, porque está de acuerdo con la reforma para el empleo juvenil con el fin de que el Estado financie el aporte patronal.

Oswaldo Larriva y Fernando Bustamante (antes de AP) dijeron que lo mejor sería que el proyecto se archivara porque consideran que es regresivo en derechos de los trabajadores.

Aunque la presidenta encargada Marcela Aguiñaga (AP) dio la palabra a Marisol Peñafiel anunciando que era la última intervención, cerca de las 19:00 suspendió la sesión, dijo que faltaban algunas intervenciones más y que se reinstalarán mañana a las 09:00.

En la mañana, durante el debate, al hacer un análisis de la situación del país, Franco Romero (PSC) pidió al presidente Rafael Correa que renuncie y dé paso a la sucesión presidencial. Esto fue rechazado en la tarde por los oficialistas Mauro Andino y Gabriel Rivera. (I)

La revolución del desempleo llegó, este es el Gobierno de las oportunidades perdidas. Este proyecto es regresivo a los derechos de los trabajadores y están siendo solidarios con plata ajena.
Cristina Reyes, PSC-MG 

No podemos satanizar un proyecto de ley sin presentar propuestas, estamos presentando alternativas para que la tasa de desempleo no se incremente en el país...
Marllely Vásconez, Alianza PAIS

http://www.eluniverso.com/noticias/2016/03/16/nota/5467620/ap-acuerdos-ampliacion-licencias-cuidado-hijos

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mar 15
2016
“PROYECTO DE LEY ORGÁNICA PARA LA OPTIMIZACIÓN DE LA JORNADA LABORAL Y SEGURO DE DESEMPLEO”

Artículo 5.- A continuación del artículo 152, añádase el siguiente artículo innumerado:

Artículo ... Licencia, o permiso sin remuneración para el cuidado de los hijos.- El derecho a la lacancia

El derecho de dos horas para uso de lactancia materna durante los doce (12) meses posteriores al parto, podrá acumularse por un período máximo de 60 días (60) remunerados garantizando su estabilidad laboral, como un régimen alternativo a lo establecido en inciso tercero del artículo 155 del Código de Trabajo.

El trabajador o trabajadora, concluida la licencia o permiso por maternidad o paternidad, tendrán derecho a una licencia opcional y voluntaria sin remuneración, hasta completar los doce (12) meses, para atender al cuidado de los lujos.

El período en que los trabajadores hagan uso de la licencia o permiso, conforme a lo establecido en el presente artículo, será computable a efectos de antigüedad.

Durante el período de licencia o permiso sin remuneración se garantizarán las prestaciones de salud por parte de la seguridad social, las cuales deberán ser reembolsadas por parte del Ministerio de Salud Pública,

Los contratos eventuales que se celebraren con un nuevo trabajador, para reemplazar en el puesto de trabajo al trabajador en uso de la licencia o permiso previstos en este artículo, terminarán a la fecha en que dicha licencia o permiso expire y estarán exentos del pago del 35% previsto en el segundo inciso del artículo 17 del Código del Trabajo.

DISPOSICIONES REFORMATORIAS Y DEROGATORIAS

QUINTA. - En el primer artículo umumerado del Capítulo III, Título (...) “Del Régimen de Pensiones del trabajo no remunerado del hogar” añadido a continuación del artículo 219 de la Ley de Seguridad Social por efecto de la Ley Orgánica de Justicia Laboral y Reconocimiento del Hogar, publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 483 de 20 de abril de 2015sustituyase la palabra “sesenta ”por “sesenta y cinco”.

ELIMINAR DISPOSICIÓN QUINTA: Las reglas de la Ley de Seguridad Social establecen como prioridad las aportaciones mensuales, como consta en el artículo 185 que dice que con 480 aportaciones se puede jubilar por vejez sin límite de edad. En el caso de la ley orgánica de Justicia Laboral y reconocimiento del hogar lo que prima son las 240 aportaciones. La segunda regla de la Ley de Seguridad Social es que después de 2006 no podrán existir jubilaciones por vejez con edades menores de 60 años. Aplicando estas reglas hay que eliminar esta norma reformatoria

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mar 14
2016
Marisol Peñafiel propone que los animales no sean considerados como cosas

La legisladora argumentó que las reformas se centran en un régimen jurídico que reconozca a los animales con su capacidad de “sentiencia”, es decir, su habilidad de experimentar sensaciones: sentir, sufrir, percibir y otras subjetividades. Así mismo, dijo que esta visión considera que el bienestar de los animales conlleva a una seguridad alimentaria, a una cultura de paz y al desarrollo de otras normativas, como la de propiedad intelectual, cuando se habla, por ejemplo, de animales genéticamente modificados.

Según la legisladora la propuesta busca, por un lado, visibilizar el espíritu de la Constitución del 2008, que determina la prevalencia de la naturaleza sobre la mercantilización de la vida y, por el otro, un equilibrio entre la reproducción humana y la reproducción de la naturaleza.

De esta manera, en el título de innumerado de los animales y de su dominio, posesión y limitaciones, la parlamentaria plantea que se agreguen otros ocho. En el primero se establece el cambio de conceptos de cosas por seres vivos dotados de sentiencia, mientras que el innumerado B, plantea que el dominio o posesión de animales para experimentación científica se regirá por normas de bioseguridad, en el marco de la Constitución.

Mediante el tercer innumerado se prohíbe la posesión de animales a través de la caza o pesca crueles, pero se respeta los métodos ancestrales. En cambio, cuando el animal sea usado para la alimentación se determina que estos estarán regidos bajo buenas prácticas de analgesia, anestecia y eutanasia. Si es necesaria la muerte ésta debe ser instantánea, indolora y no permitirá angustia injustificada alguna del animal.

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mar 14
2016
Violencia Intrafamiliar en la Legislación Ecuatoriana en Santa Elena

Cuando hay empujones, jalones, golpes leves, insultos, bromas que nos hacen sentir humilladas, o nos hacen sentir tontas o feas, cuando nos comparan, cuando nos amenazan con abandonarnos o pegarnos, o quitarnos los hijos, o nuestras cosas, o simplemente hacer señales que nos van a pegar una próxima ocasión, hacen de la vida un constante riesgo de “cuando me toque a mí”. No decimos por mera experiencia que las mujeres en su mayoría ha vivido algún momento alguna amenaza, un golpe, miedo de que la ataquen, la lastimen o la insulten. Lo decimos porque el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos mediante una encuesta ha demostrado que todas las mujeres al menos una vez en la vida hemos sufrido de acoso callejero, de gritos, insultos, golpes, patadas, puntapiés, amenazas, tanto en nuestros hogares como en la escuela, la calle o nuestro lugar de trabajo. Santa Elena según esta encuesta señala que el 47.1% de las mujeres han dicho que sufren de cualquier tipo de violencia, según eso se puede concluir que al menos la mitad de las personas que estamos aquí en algún momento de nuestras vidas nos sentimos agredidas de algún modo. Según el INEC no importa nuestro color de piel, nuestro nivel de educación, si vivimos en zonas urbanas o rurales, las mujeres de todas las edades estamos en riesgo.

La violencia contra la mujer según la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra las mujeres de las Naciones Unidas en 1993 se define como “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privatización arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada” (Artículo 1).

La violencia puede expresarse de michas maneras, puede ser cuando un médico o enfermera no quiere atendernos en un centro de salud para darnos la pastilla anticonceptiva, u otro método de planificación familiar, o cuando nuestra pareja no permite que salgamos a reuniones solas, por celos, pero con el concepto que nos brinda Naciones Unidas podemos resumir que hay tres tipos principales de violencia: Física que se empresa en golpes, empujones, arañazos, puñetazos, patadas, sacudones, sean leves o fuertes; la violencia psicológica principalmente se expresa en amenazas, insultos, acoso, mezquinar la comida, el dinero, las cosas necesarias para la subsistencia, incluso este tipo de violencia se expresa cuando nos chantajean como “me voy a matar si me dejar” o “te voy a encontrar donde sea que te vayas”. Finalmente la violencia sexual es que te fuercen, te obliguen a tener relaciones sexuales sin consentimiento, pero también se expresa que la pareja no quiera usar métodos anticonceptivos o de protección, o que no te obligue a tener más hijos de los que tu haz planificado.

La violencia sexual dentro del hogar es menos denunciada porque existen creencias que hay “obligaciones” de las parejas, de tener relaciones sexuales cuando el marido quiere o de la manera que él quiere. Lo importante que las mujeres y hombres debemos aprender es que el principal requisito es que la otra persona quiere y acepte sin amenazas o presiones tener relaciones sexuales. Pero ese consentimiento tiene que ser explícito, la persona debe decir que acepta porque muchas veces “justificamos” esta violencia diciendo que hubo provocación. La más común que se escucha es que la mujer provoca con la manera de vestir o caminar.

La violencia en la pareja, o la violencia contra los hijos no es tolerada por el Estado, por ese motivo sanciona penalmente estos tres tipos de violencia, pero además el delito de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar considera a esposos, parejas en unión libre o convivencia; pero también a las ex parejas, ex novios, ex convivientes, también los abuelos, hijos, hermanos, tíos, incluso quien habite en la casa y no sea familiar como las empleadas domésticas. La violencia física se sanciona como delito por la gravedad de las lesiones que puedan causar la necesidad de reposo médico mayor de tres días, esto conocen los jueces de garantías penales, pero si es menor de tres días es una contravención y lo conocen los juzgados de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar no importa si es un delito o contravención el juez debe dictar medidas de protección como la salida del agresor del hogar, la prohibición de acercarse a lugares como la escuela o el trabajo, la extensión de una boleta de auxilio, ordenar tratamiento psicológico a que deben someterse la víctima o el agresor, entre otras que se consideren importantes para que no se remitan los actos violentos, y tampoco se agrave su situación. ¿por qué debemos exigir a las autoridades judiciales que se emitan estas medidas? Para prevenir el asesinato de mujeres o de cualquier miembro del núcleo familiar.

El femicidio es la consecuencia extrema de la violencia contra las mujeres. Según los estudios nacionales y en el mundo, el asesino suele ser pareja o ex pareja de la víctima. En consecuencia si prevenimos una vida cotidiana llena de actos de humillación, golpes, desdenes, maltrato entonces estaremos previniendo la mayor expresión de violencia contra las mujeres: su muerte.

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mar 08
2016
Pleno aprobó convenio que cierra frontera marítima con Costa Rica

Con el convenio, el Ecuador anexa al menos 100 kilómetros de territorio marítimo y establece una zona especial de 10 millas náuticas de ancho situada a cada lado del límite marítimo, en la cual la presencia accidental de embarcaciones pesqueras de uno u otro país no será considerada como una violación a las normas pertinentes del respectivo Estado. Ello no significa reconocimiento de derecho alguno para ejecutar faenas de pesca o caza en dicha zona especial.

Las partes propiciaran la más amplia cooperación en temas marítimos de mutuo interés, sin perjuicio de los derechos de soberanía y de jurisdicción que ambos Estados ejerzan en sus respectivos espacios marítimos.

Los asambleístas destacaron que la aprobación del Convenio por parte de la Asamblea Nacional es un acto histórico para el país que, por primera vez, concluye la delimitación de sus fronteras de forma pacífica, a través de un proceso de diálogo y cooperación conjunta.

En el pasado, nuestra política exterior estuvo marcada por acciones reactivas, abordando los problemas limítrofes una vez surgidos, generando graves conflictos con pérdidas humanas y territoriales desafortunadas, subrayaron

Luego de 31 años, Ecuador concluye la delimitación de sus fronteras marítimas y terrestres, a partir de una decisión unánime de las partes, en concordancia con lo establecido por el Derecho Internacional, y sin la intervención de terceros.

Además de ratificar que somos un país soberano, este convenio abre un nuevo camino hacia la consolidación de la integración latinoamericana y caribeña, el establecimiento de mecanismos autónomos de desarrollo y de intereses comunes, y la construcción de América Latina como una región de paz, enfatizaron.

Por último, señalaron que con la aprobación del Convenio en la Asamblea, se espera abrir la puerta hacia la consolidación de nuestras relaciones comerciales con Costa Rica, que en el 2014 alcanzaron un monto superior a los 88 millones de dólares, así como nuevos mecanismos de cooperación.

JLVN/pv

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mar 08
2016
Marisol Peñafiel propone proyecto para participación equitativa de hombres y mujeres

La asambleísta Marisol Peñafiel, en el marco de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, presentó el “Proyecto de ley para la participación equitativa de mujeres y hombres en posiciones de liderazgo en el sector público y privado”.

Explicó que la propuesta la presenta inspirada en que este 2016 la Organización de las Naciones Unidas a través de su oficina ONU-MUJERES ha planteado como tema de reflexión “Por un planeta 50-50 en el 2030: Demos paso para la igualdad de género” basado en la nueva agenda “Transformando nuestro mundo: la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible” que contiene 17 objetivos, entre ellos “lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas”.

La disparidad salarial entre hombres y mujeres en el Ecuador es alrededor del 20%, mostrando formas veladas de discriminación hacia las mujeres, pese a los méritos académicos y experiencia que tienen para asumir retos profesionales. En el ámbito empresarial, tanto en lo público como en lo privado, los cargos de dirección siguen estando bajo la representación masculina, sobre todo en directorios o consejos de administración donde existe más de un representante que deberían tener una conformación paritaria, afirmó.

Por ese motivo y en el marco de la Conmemoración del Día de la Mujer se presenta un proycto para proponer cuotas en la conformación de directorios, y otros cargos de alta dirección en las empresas sosteniendo que deben mantenerse los méritos para la selección con la aplicación de medidas de acción afirmativa.

La Asamblea Nacional ha trabajado estos años para transversalizar en enfoque de género en la legislación y esta propuesta se basa en experiencias como las de Noruega y Alemania que han tenido que implementar leyes de cuotas para la participación equitativa de mujeres y hombres en cargos de dirección empresarial, para alcanzar no solo la igualdad formal sino material, expresó la asambleísta Marisol Peñafiel.

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mar 08
2016
Asamblea viabiliza derechos de las mujeres; aprobó leyes con enfoque de género

La igualdad de género ha sido una preocupación y lucha permanente en la Asamblea Nacional. Ese enfoque lo ha transversalizado en las diferentes leyes. En el actual período se han aprobado 41 normativas, de cuales muchas evidencian claras perspectivas de género.

El Código Integral Penal (COIP); la Ley Reformatoria al Código Civil; la Ley de Comunicación; la Ley de los Consejos Nacionales para Igualdad; la Ley de Recursos Hídricos; la Ley de Tierras; la Ley para la Justicia Laboral; la Ley Gestión de la Identidad son algunos de los cuerpos legales que acoplan los derechos de las mujeres. No obstante, la visión de género también se refleja en los proyectos que se trabajan ahora en la comisiones, en convenios internacionales aprobados, así como en las actividades que emprenden los grupos parlamentarios.

El COIP tipifica y pena el femicidio, el acoso sexual, el estupro, el abuso sexual y la violación, con especial protección a grupos vulnerables, entre ellos a mujeres. Protege a personas en situaciones de riesgo y tipifica la privación arbitraria de libertad, tortura o desaparición forzada. Así mismo, la trata de personas, la explotación sexual y considera como delitos la prostitución forzada, el turismo sexual, la pornografía, el tráfico ilícito de migrantes, los trabajos forzados u otra de forma de explotación laboral, la unión de hecho servil y la adopción ilegal.

Otro de los cuerpos legales que busca erradicar las diferencias de género es la Ley de Comunicación. Aquí se prohíbe que los medios de comunicación publiquen contenidos discriminatorios que se genere, entre otros, por identidad de género. Establece que los medios de carácter nacional conformen su nómina laboral con criterios de equidad y paridad entre hombres y mujeres. También propone como objetivo de los medios de comunicación públicos producir y difundir contenidos que fomenten la igualdad de género.

Por su parte, la Ley Reformatoria al Código Civil determina que para casarse la edad mínima debe ser 18 años y que la mujer puede participar en la administración de la sociedad conyugal y el Código Orgánico General de Procesos (COGEP) señala los temas vinculados a familia, niñez y adolescencia. En tanto, las reformas al Código Orgánico de la Función Judicial especifican que la dirección de la Escuela de esta Función puede ser asumida por un hombre o una mujer y que la Sala de la Familia, Niñez y Adolescentes Infractores queda facultada para conocer recursos de casación en procesos judiciales en temas de familia, niñez y adolescencia.

Una de las leyes que transversaliza de manera más completa la lucha por la equidad de géneros es  la Ley de los Consejos Nacionales para la Igualdad, a través de la cual se promueve la participación ciudadana en un proceso permanente de construcción de poder ciudadano. Con esta ley se crea el Consejo Nacional para la Igualdad, el que crea, dirige y hace cumplir la política pública para la igualdad en derechos y no discriminación de mujeres, así como de personas con distintas opciones sexuales.

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