En el Salón 1 de la Sede Legislativa se realizó la audiencia pública de Pichincha, a donde acudieron representantes de la Federación de Indígenas Evangélicos Residentes en Pichincha (FIERPI), quienes solicitaron que el Instituto Nacional de Diálogo y Desarrollo de la Interculturalidad dé mayor énfasis al estudio de las lenguas ancestrales.
Por unanimidad de los asambleístas presentes (85), el Pleno de la Asamblea aprobó el Convenio sobre la Igualdad de Oportunidades y de Trato entre Trabajadores y Trabajadoras; Trabajadores con Responsabilidades Familiares, por cuanto se ajusta a lo previsto en la Constitución ecuatoriana y en las políticas de equidad y justicia social.
En la sesión 205 del Pleno, el presidente de la Legislatura, Fernando Cordero Cueva, impuso la condecoración Asamblea Nacional del Ecuador "Dr. Vicente Rocafuerte", al Mérito Cultural, al ecuatoriano, Jorge Efraín Perugachy Gualsaquí, en reconocimiento de su aporte al desarrollo de las artes plásticas en nuestro país.
La asambleísta María Soledad Vela, integrante del Grupo Parlamentario por los Derechos de las mujeres Transito Amaguaña, destacó que todos los ecuatorianos debemos luchar contra la violencia a la mujer.
De conformidad con el artículo 12, numeral 3 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, el presidente de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero, convocó a la sesión 205 del Pleno, a realizarse mañana, martes 27 de noviembre de 2012, a las 10:30, con la finalidad de tratar cuatro temas que constan en la agenda.
El presidente de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero Cueva, convocó a la continuación de la sesión 192 del Pleno, para mañana, a las 9:30, a fin de que los legisladores se pronuncien sobre el proyecto de reformas a la Codificación de la Ley de Inquilinato.
El lunes de la próxima semana continuará el proceso de audiencias públicas provinciales en Tungurahua y Pichincha, como parte del proceso de consulta prelegislativa vinculada a los temas sustantivos del proyecto de Ley Orgánica de Culturas.
En la provincia de Tungurahua, el acto se desarrollará en el Salón de la Ciudad, en la Municipalidad de Ambato (Bolívar y Castillo, frente al Parque Montalvo), a partir de las 09:00.
En cambio, la Audiencia Pública Provincial de Pichincha se realizará en el Salón del ex Senado, en la sede de la Asamblea Nacional (Piedrahíta y 6 de Diciembre), a las 09:00.
Según el Instructivo para la Aplicación de la Consulta Prelegislativa, deberán acudir a estas audiencias provinciales las organizaciones de segundo grado con tres representantes por cada entidad. Los sujetos de consulta que no pertenezcan a las organizaciones detalladas podrán participar en la correspondiente audiencia pública provincial a través de una o un delegado.
La respectiva convocatoria la oficializó el presidente de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero Cueva, a las y los representantes de las organizaciones indígenas, montubias y afroecuatorianas de segundo grado.
MG/pv
Con el propósito de analizar el conflicto laboral suscitado en el Proyecto Hidroeléctrico Coca Codo Sinclair, la Comisión de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social, invitó para el próximo lunes, al ministro de Relaciones Laborales, Francisco Vacas y al Gerente de la Empresa Pública Estratégica encargada del Proyecto (Coca Codo Sinclair EP), Ing. Luciano Cepeda.
La Comisión de Justicia y Estructura del Estado, presidida por el asambleísta Mauro Andino, presentó informe favorable del proyecto de Ley Reformatoria al Código Civil y Código de Procedimiento Civil, que regula el contrato de promesa de compraventa, de iniciativa del legislador Andrés Páez (ID).
Este contrato de promesa de compraventa debe contener el acuerdo sobre los elementos esenciales que formarán parte del contrato futuro definitivo; se realizará por escrito en todos los casos, y por escritura pública cuando la normativa determine tal requisito para la validez del documento principal.
Con la finalidad exclusiva de evitar eventuales perjuicios, las y los Registradores de la Propiedad y Registradores Mercantiles, según correspondan, inscribirán las promesas de compraventa y harán constar tal inscripción en los certificados de gravámenes que emitan. Esta inscripción será requisito de validez de estos contratos.
La normativa determina, además, que la condición debe ser física y legalmente posible; y, cumplirse literalmente, en la forma convenida.
El contrato de promesa de compraventa contendrá una condición o un plazo para su cumplimiento, así como el plazo para celebrar el contrato principal. En los casos que el plazo esté concebido en términos vagos u oscuros, el juez competente, mediante un ejercicio de interpretación podrá señalarlo. Y, en los casos que se haya omitido el plazo, el juez competente lo determinará, bajo las siguientes reglas:
Si el objeto de contrato de promesa de compraventa recae sobre bienes muebles, el plazo para el cumplimiento de la obligación será de tres meses, contados desde la fecha de celebración del mismo; si recae sobre inmuebles, el plazo será de seis meses, señala la propuesta de Andrés Páez Benalcázar.
MG/pv