La Comisión de Biodiversidad, presidida por el asambleísta Rolando Panchana, aprobó el informe para primer debate del proyecto de Ley para la Protección del Cóndor Andino y otras Especies de Fauna y Flora Amenazadas o en Peligro de Extinción en el Ecuador.
La Comisión de Desarrollo Económico recibió al Ministro de Recursos Naturales no Renovables, Wilson Pástor, quien señaló que para el próximo año se prevé una producción global de 188 millones de barriles, lo que equivale a 520 mil barriles diarios, es decir, que subirá la producción entre 15 y 20 mil barriles.
Representantes de 15 organizaciones sociales, gremios periodísticos, empresas de comunicación presentaron en el Pleno de la Asamblea Nacional sus aportes en torno al proyecto de Ley Orgánica de Comunicación, que responde a un mandato de la Constitución.
El Pleno de la Asamblea Nacional debatió ampliamente la situación en que se encuentra el proyecto de Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado, propuesto por el presidente de la República, Rafael Correa Delgado, con el carácter de urgente en materia económica.
Con la presencia de representantes de los diversos pueblos, comunidades y nacionalidades del país, del Consejo Nacional de Ayllus y Markas del Qullasuyu “CONAMAQ”, de Bolivia y de la Confederación Nacional de Comunidades Afectadas por la Minería (CONACAMI), de Perú, la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador conmemoró los 25 años de constitución.
Representantes de radios comunitarias y populares del país, al ser recibidos en comisión general en el Pleno de la Asamblea Nacional, al resaltar la importancia que el Legislativo apruebe la Ley de Comunicación, solicitaron la redistribución de las frecuencias analógicas y digitales y, por tanto, sean entregadas de forma equitativa a los sectores público, privado y comunitario, de conformidad con lo que determina la Constitución.
Con 86 asambleístas presentes, a las 15:45, se reinstaló la sesión 136 del Pleno, en la cual asambleístas de distintas bancadas políticas manifestaron sus posiciones respecto al proyecto de Ley Orgánica de Comunicación, pues comparten la necesidad de contar con una normativa que reemplace a la actual Ley de Radiodifusión y Televisión, misma que contiene una serie de sanciones que son discrecionales, muy generales y se prestan para acciones arbitrarias.
El presidente de la Comisión de Desarrollo Económico, Fernando Vélez, anunció que para este jueves 17 de noviembre, están convocados el presidente del Directorio del Banco Central, Pedro Delgado; el director Nacional de Aduanas del Ecuador, Javier Cárdenas; y, el ministro de Recursos Naturales no Renovables, Wilson Pástor, a las 10:00, a fin de que sustenten los ingresos tributarios contemplados en la pro forma del Presupuesto General del Estado para el período fiscal 2012, la programación cuatrianual y el límite de endeudamiento público.
La sesión No. 136 del Pleno de la Asamblea Nacional, en la que se debate el proyecto de Ley Orgánica de Comunicación, también se escucha en la ciudad de Guayaquil, a través de Radio Carrusel, 660 AM y Radio El Telégrafo 770Am.
La asambleísta Marisol Peñafiel Montesdeoca presentó ante la Comisión de Justicia y Estructura del Estado una serie de observaciones y aportes al proyecto de Código Integral Penal, especialmente a lo concerniente al Libro I.
Otros aportes
La asambleísta Peñafiel también pide eliminar todo lo referente a adolescentes en conflicto con la ley penal, más aún cuando el artículo 30 determina que las y los adolescentes que hubieren cumplido 16 años de edad al momento de cometer una infracción penal serán imputables penalmente.
Para tal efecto, se debe tomar en cuenta la Convención de los Derechos del Niño, las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia Juvenil, por lo que es fundamental mantener el régimen especial que contempla el Código de la Niñez y Adolescencia para estos casos, según la legisladora.
Adicionalmente, sugiere que no prescriba la acción penal en las infracciones de agresión de un Estado contra otro, genocidio, lesa humanidad, desaparición forzada de personas, ejecuciones extrajudiciales y crímenes de guerra, infracciones graves a los derechos humanos; enriquecimiento privado no justificado, peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito; e, infracciones contra el medio ambiente y el patrimonio cultural.
Sanción para la pornografía infantil
Además, la doctora Marisol Peñafiel, vocal de la Comisión de Justicia, propone una sanción con pena privativa de libertad de 19 años a 25 años, para quien filme, fotografíe, grabe imágenes de niños, niñas y adolescentes representaciones visual o ilustración, real o simulada de una conducta sexualmente explícita para producir, divulgar, distribuir, ofrecer, vender, comprar, poseer, portar, almacenar, transmitir o mostrar por cualquier medio.
Si la infracción se comete contra una niña o niño menor de 12 años de edad o persona con discapacidad, será sancionado con pena privativa de libertad de 25 a 28 años.
Si la víctima es menor de cinco años de edad o cuando la víctima mantenga o haya mantenido una relación afectiva con el agresor; o sea ascendiente, descendiente, hermana o hermano o afines en línea recta o se aprovecharen de una posición de autoridad sobre la víctima, tutoras o tutores, representantes legales, curadoras o curadores o cualquier persona del entorno íntimo de la familia, ministras o ministros de culto o profesionales de la educación o de la salud, la pena se aumentará en un tercio de la pena máxima prevista en esta infracción. Se aplicará la misma pena cuando la conducta sexual explícita sea violenta, sin importar la edad del niño, niña o adolescente.
Serán comisados los instrumentos, productos o réditos utilizados u obtenidos del cometimiento de la infracción. Se sancionará la tentativa.
Secuestro express
Para quien prive ilegalmente de la libertad a una o más personas por el tiempo estrictamente indispensable, con el propósito de cometer una infracción, para la comisión de un robo o beneficio económico o actos de extorsión, la legisladora Peñafiel plantea sanción con pena privativa de libertad de cinco a siete años.
Considera la necesidad que el servidor público que tenga la obligación jurídica de evitar la comisión de la infracción de tortura o no lo denuncie ante la autoridad competente reciba sanción con pena privativa de libertad de tres a cinco años.
MG