Esta Ley tiene como objeto la prevención integral del uso de drogas, su control y regulación.
El Estado debe establecer políticas, programas y actividades sobre la prevención del uso y consumo de drogas, enfocadas a la sensibilización y orientación de la comunidad urbana y rural, en especial de las mujeres embarazadas, niñas, niños, adolescentes y jóvenes, personas adultas mayores, teniendo en cuenta las diferencias específicas de género, etnia y cultura.
El Estado implementará, de manera prioritaria, servicios y programas destinados al diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de mujeres embarazadas, niñas, niños, adolescentes y jóvenes.
Para el tratamiento y rehabilitación de niñas, niños y adolescentes se les comunicará de forma clara y precisa sobre su naturaleza y alcances, se contará con el consentimiento informado de sus representantes legales, y en los casos previstos en la ley, con la disposición emitida por juez o autoridad competente.
Proyectos de ley calificados (Haga clic)
Proyecto de Ley Orgánica de Prevención de Drogas y Uso y Consumo de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización | Iniciativa: Asambleísta Carlos Velasco Fecha de presentación: 02-12-2014 |
Calificación del CAL Fecha de calificación: 08-01-2015 |
Informe para primer debate (Haga clic)
Informe para primer debate | Fecha de presentación: 01-04-2015 |
Debate: Sesión 320
09-04-2015: Galería fotográfica
21-04-2015: Galería fotográfica
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Informe para segundo debate (Haga clic)
Informe para segundo debate | Fecha de presentación: 11-09-2015 |
Debate: Sesión 347
15-09-2015: Intervenciones / Galería fotográfica
22-09-2015: Intervenciones / Galería fotográfica
01-10-2015: Galería fotográfica
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Proyecto aprobado por el Pleno en el segundo debate (Haga clic)
Proyecto de ley aprobado por el Pleno | Fecha de la votación: 01-10-2015 |
Objeción parcial / Objeción total del Presidente (Haga clic)
No hubo objeción